Reto de las Nuevas Tecnologías

Abogados y Procuradores afrontan el reto de las nuevas tecnologías con descontento pero con un sobresaliente
Las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación (TICs) han sido una asignatura pendiente para los profesionales del derecho: Abogados o Procuradores.
Nos enfrentarnos al reto tecnológico de informatización en la justicia con formación especializada y práctica diaria, inmersos en las nuevas tecnologías.
Las comunicaciones en papel con la Administración de Justicia deberían de ser historia desde el 1 de enero de 2016.
Marco Legal
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Ley 18/2011, de 5 de julio,
- reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia
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Ley 19/2015, de 13 de julio,
- de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que contiene disposiciones que abordan aspectos relativos a las comunicaciones telemáticas y electrónicas en el ámbito administrativo.
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Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
- que dio nueva redacción a su artículo 230, que establece que «Los Juzgados y Tribunales y las Fiscalías están obligados a utilizar cualesquiera medios técnicos, electrónicos, informáticos y telemáticos, puestos a su disposición para el desarrollo de su actividad y ejercicio de sus funciones….»
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Ley 42/2015 de 5 de octubre de reforma de la ley 1/2000 de 7 de enero de enjuiciamiento civil,
- cuya Disposición Adicional Primera prevé, a partir del 1 de enero de 2016, de la obligatoriedad para todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, que aún no lo hagan, de emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley procesal y de la Ley 18/2011, respecto de los procedimientos que se inicien a partir de esta fecha.
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El Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre,
- sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el Sistema LexNET, que desarrolla la Ley 18/2011, en vigor desde el día 1 de enero de 2016.
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Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Secretaría General de la Administración de Justicia,
- aprueba el modelo de formulario normalizado previsto en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.
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Real Decreto 84/2007, de 26 de enero,
- sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones LexNET para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos.
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Ley 11/2007, de 22 de junio,
- de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, estas Administraciones han sido pioneras en el uso de las nuevas tecnologías en el ámbito de las Administraciones Públicas y se han definido en los últimos años diversos sistemas de notificaciones impulsados por varios órganos de la Administración General del Estado.
Situación actual
Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) no son solo herramientas de optimización del trabajo en el sector legal como lo pueden ser en cualquier otra actividad económica o profesional. También han generado un espacio, un nicho de mercado en el sector cada vez más pujante. Son numerosos los abogados que orientan su carrera profesional por esta vía, como es el caso de Leandro Núñez, socio de Audens. “No se puede decir que el Derecho TIC sea una nueva especialidad del Derecho porque afecta en realidad todo el Derecho. Es la forma de dar respuesta a los problemas de siempre, pero en la nueva realidad”, dice el letrado, que explica que el delito de injurias o la apropiación indebida de la propiedad intelectual son conceptos jurídicos preexistentes al tiempo digital, “lo que cambia es la forma en la que se manifiestan en un entorno tecnológico”. Es por ello, continúa, que “los abogados TIC interpretamos los problemas o las reglas del mundo offline para el mundo online”, explica Núñez. Para ello, se requieren “unos conocimientos técnicos sin los que no es posible actuar eficazmente en esta materia”.
Publicada el: 31 mayo, 2016,
por: RTaboada
Hola, Muy buena iniciativa.
La web les ha quedado genial, mucho ánimo y a seguir adelante con los éxitos.