Subastas electrónicas
¿Qué es el Portal de Subastas electrónicas de la Agencia Estatal BOE?
La ley 19/2015 otorga a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE) la misión de la creación de un portal único de subastas judiciales y administrativas. Se persigue la simplificación administrativa.
La Ley 1/2013, introduce la forma electrónica única para la subasta notarial derivada de la venta forzosa extrajudicial, la cual tendrá lugar en el portal de subastas, el cual se ha dispuesto para tal efecto, desde la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
OBJETIVOS
El Portal de Subastas electrónicas de la Agencia Estatal BOE, tiene los siguientes objetivos:
-
Evitar el solapamiento de procedimientos unificando los actuales en un solo Portal.
-
Reutilizar los medios disponibles y ahorrar costes de alojamiento, mantenimientos y desarrollo ya que todos los procesos dependerán de la AEBOE.
-
Facilitar el procedimiento al usuario, que sólo tendrá que darse de alta una vez y desde un solo sitio podrá participar en todos los tipos de subastas.
-
Facilitar la búsqueda de información, ya que con un solo motor de búsqueda se accederá a totalidad de las subastas públicas.
-
Facilitar la elaboración de estadísticas e informes, ya que se obtienen todos desde una única base de datos.
-
Garantizar la fiabilidad de las transacciones a través del control de usuarios mediante certificados electrónicos reconocidos.
-
Garantizar la transparencia mediante la implantación del sello de tiempo y la trazabilidad de todos los procesos.
¿Dónde se localiza el Portal de Subastas electrónicas?
El Portal de Subastas de la Agencia Estatal BOE está disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE, en el enlace https://subastas.boe.es
¿Qué subastas se realizan en el Portal?
Inicialmente, en el Portal se realizarán las subastas judiciales y las subastas notariales. Progresivamente, cuando la normativa correspondiente lo contemple, se incorporarán también las subastas administrativas.
¿Quién es la Autoridad Gestora de las subastas judiciales?
Las subastas judiciales son aquellas realizadas por los Juzgados, bajo la responsabilidad del Letrado de la Administración de Justicia, que será la Autoridad Gestora de la subasta. Los datos identificativos de dicha Autoridad pueden ser localizados en el Portal de subastas, en la segunda solapa de la página de detalle de cada subasta.
¿Quién es la Autoridad Gestora de las subastas notariales?
Las subastas notariales son aquellas realizadas por las Notarías, bajo la responsabilidad del Notario, que será la Autoridad Gestora de la subasta. Los datos identificativos de dicha Autoridad pueden ser localizados en el Portal de subastas, en la segunda solapa de la página de detalle de cada subasta.
¿Qué cambia respecto los sistemas de subastas anteriores?
A partir de la puesta en marcha del Portal de Subastas Electrónicas de la AEBOE, éste será el único medio para la ejecución de subastas judiciales y notariales. Lo mismo sucederá con las subastas administrativas, en el momento en que se vayan incorporando a dicho Portal.
Para aquellas subastas en las que se requiera la realización de un depósito previo, éste será establecido por la Autoridad Gestora.
En cuanto al importe de las pujas, se incorpora la novedad de poder realizar pujas por un importe inferior o igual a la puja más alta.
¿Quién puede acceder al Portal?
Cualquier ciudadano que lo desee puede acceder al Portal de Subastas electrónicas de la Agencia Estatal BOE. Las opciones que tendrá disponibles en el Portal dependerán de si ha iniciado sesión como usuario registrado o no.
¿Qué opciones ofrece el Portal a usuarios NO registrados?
Los usuarios que no hayan realizado un proceso de registro previo podrán realizar búsquedas de subastas en curso por distintos criterios y consultar los detalles de cada subasta, tales como la información general, la autoridad gestora, los lotes que la componen, el interesado y el acreedor, así como los valores de las pujas máximas para cada lote, en el momento de la consulta.
Cualquier usuario puede registrarse en el Portal en cualquier momento.
¿Cuáles son los requisitos para registrarse en el Portal de Subastas electrónicas?
Para realizar el registro en el Portal es imprescindible disponer de un certificado electrónico reconocido de persona física. En el Portal de subastas sólo se podrán registrar personas físicas por lo que, independientemente del tipo de certificado reconocido que esté utilizando para identificarse durante el proceso de registro, siempre se obtendrán los datos de la persona física que figuren en el certificado. Si en el certificado utilizado no se identificase a ninguna persona física, no se podrá completar el registro.
Durante el proceso de registro, el Portal le asignará un usuario (su correo electrónico) y le solicitará una contraseña, que podrá utilizar como credenciales para conectarse al Portal desde aquellos dispositivos en los que no tenga disponible el certificado electrónico. El correo electrónico que proporcione tendrá que ser único, es decir, no podrá utilizarse el mismo correo para registrar a varios usuarios.
Opcionalmente, el usuario puede proporcionar un teléfono móvil para recibir SMS de avisos sobre las subastas en las que participe.
Para completar su registro, será imprescindible que acepte las condiciones de uso del sistema.
¿Qué opciones ofrece el Portal de Subastas a usuarios registrados?
Los usuarios que hayan pasado por el proceso de registro previo en el Portal, podrán conectarse al sistema utilizando su certificado electrónico o su identificador (correo electrónico) y contraseña.
Además de las opciones públicas para todos los usuarios, dispondrán de la opción de gestión que les permitirá:
- Realizar depósitos.
- Participar como postores en las subastas.
- Acceder a información sobre las subastas en las que han participado o están participando.
- Suscribirse a servicios de aviso de la entrada de subastas que se ajusten a sus criterios.
- Gestionar sus datos de contacto.
¿Qué hacer si se encuentran dificultades para completar el registro de usuario?
Si el usuario tiene algún problema en el proceso de registro debe verificar lo siguiente:
- Si no recibe SMS de verificación y dado que el dato «Teléfono móvil» es opcional, lo más recomendable es que el usuario no introduzca el «Teléfono móvil» en el formulario de registro para conseguir completar el proceso. Más adelante podrá introducirlo si lo desea, a través de la pantalla de modificación de datos.
- El portal no permitirá el registro de dos usuarios con el mismo correo electrónico.
- Si un usuario ya registrado intenta registrarse de nuevo el portal no lo permitirá. El usuario debe verificar si ya tiene acceso a su cuenta utilizando su certificado electrónico.
- Cada vez que se intenta el registro de usuario se genera un EMAIL con un código de verificación distinto y, si se ha proporcionado número de teléfono móvil, un SMS con otro código de verificación distinto. Si se ha intentado varias veces el registro, el usuario puede recibir varias veces dichos códigos que en todos los casos serán distintos y van asociados inseparablemente a la vez que lo ha intentado. El usuario deberá tenerlo en cuenta para no introducir códigos de algún correo/sms que no correspondan con su actual intento de registro.
Además, puede encontrar en el Manual de Usuario (apartado 2) los pasos detallados del proceso de registro.
¿Quién puede pujar en una subasta?
Sólo pueden pujar en una subasta aquellos usuarios registrados que hayan constituido el depósito establecido por la Autoridad Gestora, en las subastas que así lo requieran.
En el momento de participar en una subasta como usuario registrado realizando depósitos y/o pujas, el Portal le solicitará que indique si lo va a hacer en su propio nombre (la persona física registrada), en régimen de gananciales o en representación de un tercero.
En las subastas Judiciales en vía de apremio y en las notariales extrajudiciales, los acreedores y sus representantes podrán pujar siempre que ya exista alguna puja anterior. Cuando se tratan de subastas voluntarias, el interesado podrá realizar una puja en cualquier momento.
¿Qué postores NO necesitan realizar un depósito para pujar?
En aquellas subastas en las que se requiera realizar un depósito para poder pujar, los únicos postores que estarán exentos serán los que la Autoridad Gestora haya identificado con su NIF en los datos de la subasta (identificación de acreedores, interesados y representantes), en el momento del alta de la misma en el Portal. Una vez iniciada la subasta, no es posible añadir nuevos acreedores, interesados o representantes.
¿Cómo se realiza un depósito?
Para realizar un depósito, el usuario deberá entrar en el sistema utilizando su certificado electrónico o su usuario y contraseña.
Localizará la subasta en la que desea pujar y accederá a la solapa de «Pujas». Si la subasta tiene lotes de adjudicación separada, seleccionará el lote en el que esté interesado y dará la opción de «Constituir Depósito». El sistema le indicará el importe establecido por la Autoridad Gestora de la subasta para el depósito y le solicitará el IBAN de una cuenta bancaria.
Si el usuario no es el titular de la cuenta, deberá estar autorizado y proporcionar los datos del titular además de sus datos como representante autorizado. La constitución de un depósito desde una cuenta en la que el usuario es un representante autorizado (no es el titular de la cuenta), sólo podrá realizarse si el usuario se ha identificado en el Portal de Subastas con certificado electrónico. No será posible realizarla si el usuario se ha identificado en el Portal con su usuario y contraseña.
Para la constitución de los depósitos, el Portal de Subastas utilizará la pasarela de pagos que la Agencia Estatal de Administración Tributaria pone disponible para tal efecto. Por ello, la cuenta bancaria proporcionada por el usuario debe ser de una de las entidades colaboradoras de la AEAT.
¿Cómo se realiza una puja?
Para realizar una puja, el usuario deberá entrar en el sistema utilizando sus credenciales (certificado electrónico o identificador y contraseña).
Localizará la subasta en la que desea pujar e irá a la solapa «Pujas». En caso de que la subasta tenga varios lotes de adjudicación separada, seleccionará el lote. Cuando el usuario ya ha constituido el depósito correspondiente (o está exento de constituir depósito), el sistema le ofrecerá la posibilidad de pujar. En caso contrario, le indicará que tiene que constituir depósito.
Cuando la Autoridad Gestora de la subasta NO ha establecido el importe de la puja mínima y los tramos permitidos para los valores de la puja, el sistema le permitirá pujar por cualquier valor. En caso contrario, el sistema le ofrecerá un desplegable con las 100 primeras pujas posibles. Si el postor desea realizar una puja superior a las propuestas en el desplegable, podrá realizar pujas sucesivas por el importe máximo ofrecido en el desplegable hasta alcanzar el valor deseado. Un postor puede superar su propia puja máxima, en cualquier momento.
En el momento de realizar la primera puja en una subasta, el sistema le pedirá que indique si actúa en su nombre, en régimen de gananciales o en el de terceros y si desea reservar su mejor puja hasta que se produzca la adjudicación definitiva o no.
En caso de actuar en régimen de gananciales o en nombre de terceros, el usuario tendrá que aportar los datos correspondientes y estar en disposición de aportar la documentación que lo acredite en caso de resultar ganador de la subasta.
Al momento de la confirmación de una puja, como medida adicional de seguridad, el portal enviará un SMS o un correo electrónico al postor con un código para validar la puja.
El portal admitirá pujas por importe igual o inferior a la más alta ya realizada a los efectos de reservarlas para el caso de falta de consignación del resto del precio de adquisición por el vencedor. Estas pujas solamente podrán realizarse con reserva de postura.
Por cada puja realizada y confirmada, el postor recibirá por correo un documento que acredite su puja. Las pujas confirmadas no podrán ser retiradas.
En todo momento, el postor podrá comprobar cuál es su puja máxima y la puja máxima para la subasta.
¿Puede retirarse una puja, una vez confirmada en el Portal de Subastas?
El Portal de Subastas está diseñado para funcionar de manera automática, confidencial y segura. No se puede modificar ningún dato confirmado por el postor y registrado en el sistema. La Autoridad Gestora es la competente para resolver posibles excepciones, por lo que, si el usuario considera que se producido algún error, debe contactar con la Autoridad Gestora de la subasta para comunicar su incidencia.
¿Qué efectos tiene la reserva de puja?
Cuando el postor esté realizando su primera puja en una subasta (o en un lote, si la subasta se compone de lotes de adjudicación separada), el Portal le solicitará que indique si desea realizar reserva de su puja máxima. Si indica que NO, el depósito correspondiente le será devuelto en el momento de conclusión de la subasta en el Portal de Subastas, si no ha resultado ganador. Si indica que SI, el depósito será retenido, aunque su puja máxima haya sido superada por otro postor, hasta que la subasta sea adjudicada y finalizada por la Autoridad Gestora, para contemplar el caso de que los postores con pujas más altas no resulten finalmente adjudicatarios y pueda ser este postor el nuevo ganador. En este caso, la Autoridad Gestora de la subasta nombrará como nuevo adjudicatario al segundo o sucesivo mejor postor que hubiera solicitado la reserva de su puja.
El Portal preguntará una única vez al postor si desea reservar su puja máxima. Será en el momento de la primera puja del postor en la subasta (o en el lote, si la subasta se compone de lotes de adjudicación separada). Una vez realice una puja indicando que desea realizar reserva, todas las pujas sucesivas de la misma subasta (o del mismo lote, si la subasta está constituida por lotes de adjudicación separada) se realizarán con reserva de puja. Asimismo, una vez realice una puja indicando que NO desea realizar reserva, todas las pujas sucesivas de la misma subasta (o del mismo lote, si la subasta está constituida por lotes de adjudicación separada) se realizarán sin reserva de puja.
En caso de que un postor desee realizar una puja por un valor inferior o igual a la puja máxima, el sistema sólo lo permitirá si además acepta una reserva de su puja hasta la adjudicación de la subasta, ya que sólo podrá llegar a ser el adjudicatario final si los postores con pujas más altas renuncian a la adjudicación.
¿Dispone el Portal de Subastas de algún buscador?
Está disponible un sistema de búsqueda de subastas, que permite localizar las subastas en base a distintos criterios tales como el origen, el tipo, el estado, dirección, fechas, el identificador, etc
¿Dispone el Portal de Subastas de algún sistema de alertas?
Los usuarios podrán suscribirse para recibir alertas por correo electrónico, relacionadas con la entrada de subastas que se ajusten a sus criterios de búsqueda. Para ello, el usuario realizará una búsqueda y, si ha iniciado sesión, el Portal le dará la opción de guardarla.
¿Cuáles son los plazos de apertura y cierre de una subasta?
La apertura de la subasta en el Portal se realizará de acuerdo a los artículos 648.2 y 667.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Para el cómputo de plazos tendrá en cuenta el artículo 5 del Código Civil.
De acuerdo al artículo 649.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, la subasta permanecerá abierta durante veinte días naturales, desde su inicio hasta su cierre, contemplando además la ampliación de una hora de duración de la subasta, si se produce una puja en la última hora que sea superior a la puja más alta, hasta un máximo de 24 horas.
Para las subastas iniciadas a partir del 1 de junio de 2016 y que contengan lotes de adjudicación separada, la ampliación del período de pujas afectará exclusivamente al lote donde se supere la puja máxima en la última hora. Las subastas con lotes de adjudicación separada se darán por concluidas en el Portal de subastas, cuando todos sus lotes hayan concluido.
¿Se pueden modificar los datos de una subasta publicada en el Portal?
Los datos de las subastas se transfieren desde los sistemas de la Autoridad Gestora al Portal de Subastas firmados electrónicamente y no se pueden modificar desde el Portal. Corresponde a la Autoridad Gestora de la subasta cualquier decisión relativa a dichos datos.
¿Quién es el responsable de los datos que aparecen en la subasta?
Los datos relativos a una subasta que aparecen en el Portal de Subastas son responsabilidad de la Autoridad Gestora de la subasta. Para cualquier aclaración respecto a esos datos, debe contactar con dicha Autoridad.
¿Cómo se devuelven los depósitos de los postores que no han resultado ganadores?
El Portal de Subastas ordena automáticamente la devolución de los siguientes depósitos:
- los depósitos realizados por postores no ganadores que no hayan solicitado reserva de postura, cuando la ejecución de la subasta concluye en el Portal
- los depósitos realizados por postores no ganadores que hayan solicitado reserva de postura, cuando la Autoridad Gestora finaliza la subasta.
- todos los depósitos existentes cuando una subasta es cancelada por la Autoridad Gestora
¿Cómo liquida la adjudicación el postor ganador de la subasta electrónica?
Cuando la subasta electrónica concluye en el Portal, éste ordena la transferencia del importe de la consignación del primer postor de cada lote (si no está desierto), a través de la AEAT y el Banco de España, a la cuenta de la Autoridad Gestora de la subasta. La diferencia, es decir, el resto del precio ofrecido, deberá ser ingresada por el postor ganador en la cuenta de la Autoridad Gestora, cuando ésta se lo requiera. Si por alguna circunstancia fuera necesario devolver el importe de ésta consignación al postor ganador, deberá realizarse desde la cuenta de la Autoridad Gestora, sin intervención del Portal de Subastas en dicha operación.
¿Qué es el código IBAN?
El código IBAN sirve para identificar a nivel internacional una cuenta bancaria. El código IBAN español lleva 4 caracteres iniciales seguido del número de cuenta cliente – CCC- con 20 dígitos (la CCC que usted ya utilizaba).
De los 4 caracteres iniciales, los dos primeros identifican el país ( «ES» para España) y los dos siguientes corresponden a un código de control ( p.e. «21»). Este dato puede obtenerse en el extracto de cuenta y otras comunicaciones de los bancos, y está disponible igualmente en las aplicaciones de banca electrónica de las entidades.
Ejemplo de código IBAN español completo : ES2114670120992012345693